El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha reconocido a unos padres el derecho a objetar contra la asignatura de Educación para la Ciudadanía, que "emplea conceptos de indudable trascendencia ideológica y religiosa como son la ética, la conciencia moral o los conflictos morales". Basa su sentencia en las doctrinas del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos para equiparar el derecho a oponerse a esta asignatura con el derecho a la objeción a cualquier asunto que pertenezca al "claustro íntimo de creencias".
El triunfo de la libertad –y un pedazo de alegría a la que no estamos acostumbrados al sentir la tutela efectiva de los derechos fundamentales dictada por nada y nada más que el TSJA-, nos ha durado poco. A las pocas horas hemos tenido que oír los rebuznos totalitarios de los doctrinarios que andaban tan contentos con una asignatura encaminada a enajenarnos las mentes de nuestros hijos a su antojo sin permitirnos el derecho inalienable a su educación.
Chaves protestaba porque la sentencia haya salido en la semana anterior a la elecciones. ¿Habría protestado porque se guardara en un cajón, privando a los ciudadanos de su conocimiento y por tanto de su libertad a la hora de formarse un criterio sobre un asunto que afecta a sus derechos humanos? Al Zeñorito acostumbrado a mangonear y a decirnos a través de su televisión lo que debemos pensar se le ha visto el plumero.
La fiscal jefe de Sevilla, María José Segarra, anunció que va a recurrir la sentencia ante el Supremo. Pero además se recreó con una frase que no tiene desperdicio. Según ella, «la extensión en el reconocimiento de la libertad religiosa colisiona con el libre desarrollo de la personalidad, lo que impide a los niños acceder a unos conocimientos determinados, como son los propios de EpC”. Y añadió que le parecía «excesivo» el reconocimiento de la objeción de conciencia «al margen de la regulación legal». ¿Alguien da más? En una sola frase esta señora, a la que como fiscal se le suponen nociones de derecho, niega dos derechos fundamentales y universales: la libertad religiosa y la objeción de conciencia.
Ah, pero aún ha sido más ilustrativo lo dicho por el consejero de Educación, Sebastián Cano, que también indicó que la Junta va a recurrir la sentencia al Supremo y aclaró que dicha resolución no extiende este derecho al resto del alumnado andaluz. Que solo vale para el niño de Bollullos Par del Condado al que el TSJA reconoce que «no debe cursar la asignatura por lo que queda exento de ser evaluado de la misma». Vamos, que los miles de objetores a los que está haciendo la vida imposible la Consejería que él capitanea, se abstengan de interpretar que en Andalucía hay algo ni remotamente parecido a la igualdad ante la ley de todos los ciudadanos. Vamos, que la asignatura es obligatoria porque lo mandamos nosotros y sanseacabó. Y a los padres que se atrevan a cometer el “exceso” de imaginar que la educación moral de sus hijos no es cosa de los funcionarios de la Junta se les va a caer el pelo. ¿No se enteran? Que no se les “extiende ese derecho”…
Si es que en la práctica Andalucía no es Europa. Y por tanto si el Tribunal de Derechos Humanos europeo otorga con toda claridad el mandato de que los poderes públicos velarán porque los padres puedan ejercer el derecho a educar a sus hijos, nuestros gobernantes no reconocen más mandato que su propio ordeno y mando.
Esta mañana ya han empezado a ensuciar la imagen de los jueces, atribuyéndoles relaciones de parentesco con militantes del Foro de la Familia. Y es que hay frases de la sentencia que escuecen. Consideraciones que en cualquier país de la Europa que no somos, habrían llevado a la dimisión inmediata de cualquiera que haya tenido que ver con la implantación de esta asignatura y a esconderse debajo de la cama hasta el fin de sus días. El fallo judicial dice, por ejemplo, que los decretos que regulan la asignatura en la comunidad autónoma "emplean conceptos de indudable trascendencia ideológica y religiosa, como son ética, conciencia moral, y cívica, valoración ética, valores o conflictos morales y sociales”. Ante esta situación, según los jueces, "es razonable que los demandantes, por razones filosóficas o religiosas, que no tienen por qué exponer detalladamente, puedan estar en desacuerdo con una parte de la asignatura", y es "lógico que soliciten que se excluya de ella a sus hijos". Todo ello, "a falta de otras previsiones normativas que permitan salvaguardar su libertad ideológica o religiosa". El TSJA entiende, junto a ello, que "el interés público" está en la garantía de los derechos, entre ellos "la libertad ideológica y religiosa y el derecho de los padres a que sus hijos reciban la formación religiosa y moral que esté de acuerdo con sus propias convicciones".
El Tribunal Supremo decidirá en último extremo si la doctrina en la que se fundamenta la sentencia andaluza puede extenderse al resto de los españoles. Pero el asunto preocupa al PSOE y mucho. No solo se carga la asignatura estrella de ZP y todo su diseño para adoctrinar a nuestros hijos en el “Socialismo para Siempre” –futuros votantes-, sino que reconoce en todas sus páginas una palabra de la que huyen como de la peste estos totalitarios: LIBERTAD.